Metodología para el cálculo de periodos de cotización:
Para efectos de contabilizar el tiempo requerido en la oportunidad de traslado y/o régimen de transición, las semanas deberán entenderse de siete (7) días, los meses de treinta (30) días y los años de trescientos sesenta (360) días
Para quienes ya estén afiliados al Sistema General de Pensiones, no tengan la expectativa de estar cobijados por el régimen de transición y coticen por encima de 2.3 SMLMV ($2.990.000), se deberá:
Para quienes se afilien por primera vez al Sistema pensional a partir del 01 de julio de 2025, se deberá:
* las personas que se afilien al Sistema por primera vez a partir de 01 julio de 2025 deberán elegir una ACCAI, independientemente de su Ingreso Base de Cotización.
Para quienes cuentan con más de 47 años mujeres y 52 años hombres, “que les falten menos de diez años para tener la edad de pensión” .
Plazos para la oportunidad de traslado:
el factor del salario base (SB), que anteriormente era el último aporte devengado en el periodo de omisión, fue modificado por el promedio ponderado de las cotizaciones de toda la vida laboral.
Fuente: Departamento jurídico de CORNABIS.
DECRETO 1225 DE 2024
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